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Aplicación COOPERATIV@24


Denominación Negativa Estatuto Acta CIF Provisional Escritura Pública Inscripción de Cooperativa Resto de Trámites
 
NOTA: Si ha ha completado el paso 1 (solicitud de certificación negativa de denominación), y ya ha recibido la carta con sus credenciales, puede ir a los pasos 2/3 para introducir la información
 
 

Otros trámites

Una vez constituida la cooperativa, son necesarios determinados trámites posteriores para que la cooperativa pueda funcionar en el tráfico mercantil.

TRÁMITES ANTE EL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA

Son los siguientes:
  • La habilitación de libros sociales obligatorios, antes de su utilización.
  • La legalización de los libros contables obligatorios, a la finalización del ejercicio económico correspondiente
En ambos casos, se trata de una actuación que realiza el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha para garantizar la integridad y autenticidad de los mismos, evitando que éstos puedan ser alterados con posterioridad.

1º) HABILITACIÓN DE LIBROS SOCIALES.

Los libros sociales obligatorios mínimos son el Libro de Socios, el Libro de Actas de la Asamblea General, el Libro de Actas del Consejo Rector o del órgano de administración, en su caso y el Libro registro de aportaciones/participaciones en el capital social.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
  • Formulario de solicitud de de habilitación/legalización de libros.
  • Un ejemplar de los Libros sociales correspondientes en blanco, y si es el segundo o posteriores, el anterior completamente utilizado.
  • Resguardo acreditativo del pago de la Tasa correspondiente.
Tiene que realizarse siempre antes de su utilización, con lo que hay que presentarlo en blanco y un ejemplar cada vez.
Solamente se pueden presentar en formato papel.
FORMULARIO
Tenéis un modelo de solicitud de habilitación de libros sociales pinchando aquí
TASAS
La entrada en vigor de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, determina que la habilitación/legalización de Libros sociales por el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha están sometidas a la misma, por lo que es necesario abonar la correspondiente tasa (artículo 77 de la Ley).
La forma pago de la tasa, el impreso y las entidades colaboradoras del pago las encontraréis en la siguiente página:
Para cumplimentar el formulario de autoliquidación de la tasa, las opciones que se deben seleccionar son:
  • Consejería: Consejería de Empleo y Economía.
  • Órgano gestor: (El Servicio Provincial de la Consejería de Empleo y Economía que corresponda en virtud del lugar de presentación que se especifica más abajo).
  • Concepto: Tasa por los servicios prestados por el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
  • Descripción: Legalización de libros de la cooperativa Nombre reservado con la certificación negativa de solicitud.
  • Importe: 4,08 euros por cada libro.
LUGAR DE PRESENTACIÓN
La competencia para habilitar los libros sociales corresponde a la misma Unidad del Registro de Cooperativa de Castilla-La Mancha donde se inscribió la Cooperativa.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
No hay plazo de presentación, pero debe realizarse antes de su utilización.
Si la habilitación solicitada es del segundo o posteriores libros sociales, debe hacerse cuando se ha completado el anterior, siendo necesario aportar éste completamente utilizado.
RECOGIDA EN LA UNIDAD CORRESPONDIENTE DEL REGISTRO DE COOPERATIVA DE CASTILLA-LA MANCHA.
Una vez legalizados los libros por el Registro de Cooperativas, es preciso recoger éstos en la Unidad correspondiente del Registro de Cooperativa de Castilla-La Mancha.

2º) LEGALIZACIÓN DE LIBROS CONTABLES OBLIGATORIOS.

Los únicos libros contables obligatorios son EL LIBRO DIARIO y EL LIBRO DE INVENTARIOS Y CUENTAS ANUALES.
Esta actuación debe realizarse ANUALMENTE, presentando los libros contables de cada ejercicio económico.
TRAMITACIÓN
La tramitación se puede realizar de forma ordinaria (presentando la documentación en papel o soportes electrónicos materiales (CD, pendrivers u otros) ante la Unidad Regional del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha) o de forma electrónica, presentando los archivos electrónicos que contienen los libros contables vía web a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
1º) TRAMITACIÓN ORDINARIA
En esta forma de tramitación, se deberá presentar de forma física en papel o soportes electrónicos materiales (CD, pendrivers u otros) ante la Unidad Regional del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha la documentación que se indica a continuación.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
  • Formulario de solicitud de de habilitación/legalización de libros.
  • Un ejemplar de los Libros contables obligatorios correspondientes en papel, o en soportes electrónicos materiales (CD, pendrivers u otros).
  • Resguardo acreditativo del pago de la Tasa correspondiente.
FORMULARIO
Tenéis un modelo de solicitud de habilitación de libros contables pinchando aquí
TASAS
La entrada en vigor de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, determina que la habilitación/legalización de Libros sociales por el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha están sometidas a la misma, por lo que es necesario abonar la correspondiente tasa (artículo 77 de la Ley).
La forma pago de la tasa, el impreso y las entidades colaboradoras del pago las encontraréis en la siguiente página:
Para cumplimentar el formulario de autoliquidación de la tasa, las opciones que se deben seleccionar son:
  • Consejería: Consejería de Empleo y Economía.
  • Órgano gestor: (El Servicio Provincial de la Consejería de Empleo y Economía que corresponda en virtud del lugar de presentación que se especifica más abajo).
  • Concepto: Tasa por los servicios prestados por el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
  • Descripción: Legalización de libros de la cooperativa Nombre reservado con la certificación negativa de solicitud.
  • Importe: 4,08 euros por cada libro.
LUGAR DE PRESENTACIÓN
La competencia para habilitar los libros sociales corresponde a la misma Unidad del Registro de Cooperativa de Castilla-La Mancha donde se inscribió la Cooperativa.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Se deben presentar a legalizar en la Unidad correspondiente del Registro de Cooperativa de Castilla-La Mancha en el plazo de 4 meses desde la finalización del ejercicio económico correspondiente.
RECOGIDA EN LA UNIDAD CORRESPONDIENTE DEL REGISTRO DE COOPERATIVA DE CASTILLA - LA MANCHA.
Una vez legalizados los libros por el Registro de Cooperativas, es preciso recoger éstos, si se han presentado en soporte papel, en la Unidad correspondiente del Registro de Cooperativa de Castilla-La Mancha.
2º) TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA
La tramitación del procedimiento se realiza de forma electrónica, enviando los archivos electrónicos que contienen los libros contables vía web a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Para tramitar electrónicamente los libros contables pinchar aquí

TRÁMITES ANTE OTRAS ADMINISTRACIONES

Una vez constituida la cooperativa en el paso anterior, y a efectos tributarios y de obligaciones sociales, es preciso realizar otros trámites ante Administraciones distintas de la junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

1) ANTE LA AEAT

1º) Obtención del CIF definitivo.
Una vez se haya inscrito efectivamente la constitución de la cooperativa, deberéis dirigiros nuevamente a la AEAT para canjear la tarjeta provisional de CIF por la definitiva.
Información para obtener del CIF definitivo:
2º) Alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
También tendréis que dar de alta a la cooperativa en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Se trata de un tributo local que grava la actividad de empresas, profesionales y artistas y necesita de tantas altas como actividades se vayan a desarrollar.
Información para darse de alta en el IAE:

2) ANTE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Se debe dar de alta tanto la cooperativa como sus socios trabajadores en las correspondientes cuentas de cotización.
Información para dar de alta ante la Tesorería General de la Seguridad Social la cooperativa:
Información para dar de alta ante la Tesorería General de la Seguridad Social a los socios trabajadores cooperativa: