NOTA: Si ha ha completado el paso 1 (solicitud de certificación negativa de denominación), y ya ha recibido la carta con sus credenciales, puede ir a los
pasos 2/3
para introducir la información
Obtención del acta de la asamblea de constitución de la cooperativa
La cooperativa se constituye mediante un acuerdo de voluntades de todos los socios promotores/fundadores, que se reúnen en la Asamblea General Constituyente, cuyos acuerdos se reflejan en un acta, que firmarán todos los socios fundadores.
Este es el contenido mínimo de dicho acta:
Van a constituir una cooperativa.
Eligen un nombre provisional para ella.
Determinan cuál será su objeto social y la actividad económica de la misma.
Determinarán el capital social mínimo con la que se constituye.
Determinarán las aportaciones individuales a ese capital social.
Elegirán un órgano provisional de gobierno, que entrará en funcionamiento una vez inscrita la cooperativa en el Registro de Cooperativas de Castilla - La Mancha.
Apoderarán a un socio para realizar las gestiones previas a la inscripción de la cooperativa.
Aprueban unos Estatutos, que es el conjunto de normas, acordes con la ley 11/2010, de Cooperativas de Castilla - La Mancha, que regirán el funcionamiento de la cooperativa.