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Aplicaciún COOPERATIV@24


Denominación Negativa Estatuto Acta CIF Provisional Escritura Pública Inscripción de Cooperativa Resto de Trámites
 
NOTA: Si ha ha completado el paso 1 (solicitud de certificación negativa de denominación), y ya ha recibido la carta con sus credenciales, puede ir a los pasos 2/3 para introducir la información
 
 

Obtención del acta de la asamblea de constitución de la cooperativa

La cooperativa se constituye mediante un acuerdo de voluntades de todos los socios promotores/fundadores, que se reúnen en la Asamblea General Constituyente, cuyos acuerdos se reflejan en un acta, que firmarán todos los socios fundadores.
Este es el contenido mínimo de dicho acta:
  • Van a constituir una cooperativa.
  • Eligen un nombre provisional para ella.
  • Determinan cuál será su objeto social y la actividad económica de la misma.
  • Determinarán el capital social mínimo con la que se constituye.
  • Determinarán las aportaciones individuales a ese capital social.
  • Elegirán un órgano provisional de gobierno, que entrará en funcionamiento una vez inscrita la cooperativa en el Registro de Cooperativas de Castilla - La Mancha.
  • Apoderarán a un socio para realizar las gestiones previas a la inscripción de la cooperativa.
  • Aprueban unos Estatutos, que es el conjunto de normas, acordes con la ley 11/2010, de Cooperativas de Castilla - La Mancha, que regirán el funcionamiento de la cooperativa.