Trámite:
Solicitud de inicio.
Presentación de solicitud para las ayudas destinadas al apoyo y mantenimiento de la actividad emprendedora a través de ayudas destinadas al autónomo colaborador según las condiciones establecidas en las bases reguladoras de estas subvenciones. La solicitud de esta ayuda deberá realizarse a partir de los tres meses del alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
Procedimiento administrativo:
Consolidación del emprendedor por autónomo colaborador (Consolídate colaborador).
Orden de 30/07/2014.